El apresamiento de dos grupos de piratas por el buque de la Armada española “Marqués de la Ensanada” y la orden de su puesta en libertad dictada por el magistrado de la Audiencia Nacional Joaquín Andréu, pone de manifiesto la importancia que el derecho tiene en un Estado, como el español, en el que las garantías son el fundamento primordial de su ordenamiento jurídico.
Cuando estamos cansados de ver informes jurídicos de eminentes o prominentes despachos de abogados que se basan, para los intereses económicos de quienes les contratan, en que determinadas prácticas no están prohibidas expresamente por las leyes y, por tanto, pueden ser asumidas, y de hecho muchas veces lo son, por las administraciones, unos hechos delictivos per se, las acciones de los piratas, no pueden ser tomadas en consideración porque no existe regulación del delito. Es decir, mientras se admite como ordinario en distintas áreas del derecho que la no prohibición expresa de determinada práctica (por ejemplo, para los convenios urbanísticos, antesala de la corrupción), ahora nos encontramos en la situación de tener que admitir que un delito, la piratería, no puede juzgarse por no estar prohibida.
En estos momentos, está en tramitación en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley orgánica de modificación del Código Penal, que incluirá el delito de piratería, o mejor dicho, que volverá a introducir en el Código dicho delito, que se había dado por erradicado, como algunas enfermedades.
Mientras tanto, España ha liderado la puesta en marcha de la operación Atalanta, nacida tras el apresamiento por piratas, hace poco más de un año, del atunero vasco “Playa de Bakio”. Para participar en dicha operación contra la piratería han sido necesarios acuerdos del Consejo de Ministros, conocimiento por el Congreso de los Diputados de participación de tropas españolas en la misión internacional, firma de acuerdos internacionales… Todo ello, sin embargo, no es suficiente para que un juez, en el ejercicio garantista del ordenamiento jurídico español, emita un auto decretando la libertad de los piratas, sin ni siquiera permitir que puedan ser entregados a Kenia, como ha sido realizado por otros países (Alemania, Francia) que también carecen en sus respectivos Códigos Penales de regulación del delito de piratería.
Esta situación va a ser aprovechada por el PP para lanzar duras críticas a la ministra de Defensa, lo que en definitiva no será otra cosa que deslegitimar, o tratar de deslegitimar, acuerdos del Consejo de Ministros, acuerdos del Congreso (con el voto favorable del propio PP) para enviar tropas al Índico, acuerdos internacionales.
En la práctica, la inexistencia en el Código Penal del delito de piratería, servirá al PP para piratear la política de Defensa, lo que debilitará la acción de nuestras FAS en la operación Atalanta, y debilitará la moral de las tropas que la forman. Pero esto último, que es muy importante, a la derecha le da igual mientras les aproveche para su convento.
Cuando estamos cansados de ver informes jurídicos de eminentes o prominentes despachos de abogados que se basan, para los intereses económicos de quienes les contratan, en que determinadas prácticas no están prohibidas expresamente por las leyes y, por tanto, pueden ser asumidas, y de hecho muchas veces lo son, por las administraciones, unos hechos delictivos per se, las acciones de los piratas, no pueden ser tomadas en consideración porque no existe regulación del delito. Es decir, mientras se admite como ordinario en distintas áreas del derecho que la no prohibición expresa de determinada práctica (por ejemplo, para los convenios urbanísticos, antesala de la corrupción), ahora nos encontramos en la situación de tener que admitir que un delito, la piratería, no puede juzgarse por no estar prohibida.
En estos momentos, está en tramitación en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley orgánica de modificación del Código Penal, que incluirá el delito de piratería, o mejor dicho, que volverá a introducir en el Código dicho delito, que se había dado por erradicado, como algunas enfermedades.
Mientras tanto, España ha liderado la puesta en marcha de la operación Atalanta, nacida tras el apresamiento por piratas, hace poco más de un año, del atunero vasco “Playa de Bakio”. Para participar en dicha operación contra la piratería han sido necesarios acuerdos del Consejo de Ministros, conocimiento por el Congreso de los Diputados de participación de tropas españolas en la misión internacional, firma de acuerdos internacionales… Todo ello, sin embargo, no es suficiente para que un juez, en el ejercicio garantista del ordenamiento jurídico español, emita un auto decretando la libertad de los piratas, sin ni siquiera permitir que puedan ser entregados a Kenia, como ha sido realizado por otros países (Alemania, Francia) que también carecen en sus respectivos Códigos Penales de regulación del delito de piratería.
Esta situación va a ser aprovechada por el PP para lanzar duras críticas a la ministra de Defensa, lo que en definitiva no será otra cosa que deslegitimar, o tratar de deslegitimar, acuerdos del Consejo de Ministros, acuerdos del Congreso (con el voto favorable del propio PP) para enviar tropas al Índico, acuerdos internacionales.
En la práctica, la inexistencia en el Código Penal del delito de piratería, servirá al PP para piratear la política de Defensa, lo que debilitará la acción de nuestras FAS en la operación Atalanta, y debilitará la moral de las tropas que la forman. Pero esto último, que es muy importante, a la derecha le da igual mientras les aproveche para su convento.
Vale.
No hay comentarios:
Publicar un comentario