El Diario Oficial de Extremadura de 2 de diciembre de 1997 publicó el Decreto de Incoación de expediente para la declaración de la Vía de la Plata, a su paso por Extremadura, como Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico, y en dicho Decreto se concreta su delimitación.
El 22 de mayo de 1999 se publica en el DOE la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que, entre otras cuestiones, establece que los expedientes iniciados con anterioridad a la misma, se adecuarán en su tramitación a las previsiones de la Ley.
El 15 de enero de 1998, en el Museo Nacional de Arte Romano fue presentado el Proyecto Alba Plata, a desarrollar en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura siguiendo el itinerario de la vía romana.
Al día de la fecha, el expediente de declaración de la Vía de la Plata está sin concluir, y si bien existe un marcado consenso tanto sobre el conjunto como sobre los proyectos que a lo largo de la misma se están llevando a cabo, existen elementos que, dado que no está concluido el expediente y declarada la vía formalmente como B.I.C., plantean cuestiones del orden jurídico que pueden crear conflictos.
Así, en el tramo entre El Trasquilón, a la altura del p.k. 219 de la C.N. 630 (localización que figura en el anexo al Decreto de incoación de expediente) y el p.k. 2 de la Crtra. de Cáceres a Miajadas, nos encontramos con que la definición del itinerario hace coincidir la vía con la Cañada Real del Casar (en realidad, Cañada Real Soriana Occidental).
Actualmente, con la Revisión del Plan General Municipal de Cáceres en fase de redacción ya casi final, se observa que aplicando la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico de Extremadura, han de guardarse unas protecciones a ambos lados de la Vía de la Plata de 100 metros, que es la de aplicación a los caminos históricos.
Esta previsión se incluye en la Revisión del PGM partiendo del trazado que figura en el Decreto de incoación de expediente de B.I.C. y que ha sido llevado a planos que obran en la Oficina del Proyecto Alba Plata.
En el tramo desde la C.N. 630 donde esta carretera se cruza con la Vía de la Plata y la Cañada Real, a la altura de Las Camellas, y a lo largo de unos 1.340 metros, discurren ambos caminos, Vía y Cañada, paralelos al lindero de la finca Alcor de Santa Ana, donde se encuentra el Acuartelamiento del mismo nombre.
En los planos de la Revisión del PGM, y en los de la Oficina del Proyecto Alba Plata en que aquellos se basan, parte de la Vía se sitúan incluso por dentro del lindero de la finca militar, y básicamente todo el trazado en esa distancia de 1.340 metros discurre sobre la alambrada de cerramiento del terreno militar.
A partir de ese trazado definido en la Oficina del Proyecto Alba Plata, se establecen las protecciones de 100 metros a ambos lados que para caminos históricos se fijan en la Ley de Patrimonio Histórico de Extremadura. Es decir, que se genera una servidumbre de 1.340 x 100 = 134.000 m2 que operan sobre terrenos de uso militar, vinculados a la Defensa Nacional y sus fines.
En la margen contraria, esos 100 metros de anchura en la protección son ”absorbidos” por la propia Cañada Real, de forma que unos 100.800 m2 de la protección recaen sobre la vía pecuaria, y el resto, unos 34.000 m2 sobre propiedades de particulares.
O lo que viene a resultar más llamativo: se hace recaer en este tramo casi el 90% de la protección sobre bienes patrimoniales del Estado (Ministerio de Defensa) o sobre bienes de dominio público (Cañada Real).
El 22 de mayo de 1999 se publica en el DOE la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que, entre otras cuestiones, establece que los expedientes iniciados con anterioridad a la misma, se adecuarán en su tramitación a las previsiones de la Ley.
El 15 de enero de 1998, en el Museo Nacional de Arte Romano fue presentado el Proyecto Alba Plata, a desarrollar en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura siguiendo el itinerario de la vía romana.
Al día de la fecha, el expediente de declaración de la Vía de la Plata está sin concluir, y si bien existe un marcado consenso tanto sobre el conjunto como sobre los proyectos que a lo largo de la misma se están llevando a cabo, existen elementos que, dado que no está concluido el expediente y declarada la vía formalmente como B.I.C., plantean cuestiones del orden jurídico que pueden crear conflictos.
Así, en el tramo entre El Trasquilón, a la altura del p.k. 219 de la C.N. 630 (localización que figura en el anexo al Decreto de incoación de expediente) y el p.k. 2 de la Crtra. de Cáceres a Miajadas, nos encontramos con que la definición del itinerario hace coincidir la vía con la Cañada Real del Casar (en realidad, Cañada Real Soriana Occidental).
Actualmente, con la Revisión del Plan General Municipal de Cáceres en fase de redacción ya casi final, se observa que aplicando la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico de Extremadura, han de guardarse unas protecciones a ambos lados de la Vía de la Plata de 100 metros, que es la de aplicación a los caminos históricos.
Esta previsión se incluye en la Revisión del PGM partiendo del trazado que figura en el Decreto de incoación de expediente de B.I.C. y que ha sido llevado a planos que obran en la Oficina del Proyecto Alba Plata.
En el tramo desde la C.N. 630 donde esta carretera se cruza con la Vía de la Plata y la Cañada Real, a la altura de Las Camellas, y a lo largo de unos 1.340 metros, discurren ambos caminos, Vía y Cañada, paralelos al lindero de la finca Alcor de Santa Ana, donde se encuentra el Acuartelamiento del mismo nombre.
En los planos de la Revisión del PGM, y en los de la Oficina del Proyecto Alba Plata en que aquellos se basan, parte de la Vía se sitúan incluso por dentro del lindero de la finca militar, y básicamente todo el trazado en esa distancia de 1.340 metros discurre sobre la alambrada de cerramiento del terreno militar.
A partir de ese trazado definido en la Oficina del Proyecto Alba Plata, se establecen las protecciones de 100 metros a ambos lados que para caminos históricos se fijan en la Ley de Patrimonio Histórico de Extremadura. Es decir, que se genera una servidumbre de 1.340 x 100 = 134.000 m2 que operan sobre terrenos de uso militar, vinculados a la Defensa Nacional y sus fines.
En la margen contraria, esos 100 metros de anchura en la protección son ”absorbidos” por la propia Cañada Real, de forma que unos 100.800 m2 de la protección recaen sobre la vía pecuaria, y el resto, unos 34.000 m2 sobre propiedades de particulares.
O lo que viene a resultar más llamativo: se hace recaer en este tramo casi el 90% de la protección sobre bienes patrimoniales del Estado (Ministerio de Defensa) o sobre bienes de dominio público (Cañada Real).
Vale
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