domingo, 19 de octubre de 2008

Chantaje urbanístico

Una denominada Asociación de Propietarios de La Montaña y la Umbría, de Cáceres, amenaza con plantear la ejecución de una sentencia de 2007, que declaró ilegal la aprobación del Proyecto del Residencial Universidad, por considerar el Tribunal Supremo que los terrenos sobre los que se actuó están clasificados como suelo no urbanizable protegido.
Y digo amenaza por una cuestión: dicha Asociación planteó la demanda judicial no en el ánimo de preservar el carácter de suelo no urbanizable protegido sobre el que se desarrolló el proyecto, sino porque pretendían que sus terrenos, circundantes con los de propiedad de sus asociados, tuvieran el mismo trato.
En estas circunstancias, el gobierno municipal del PP entre 2003 y 2007 sabedor de que podría darse el fallo definitivo del Supremo que al final resultó, planteó que los terrenos de los propietarios asociados serían calificados como sistemas generales en la Revisión del Plan General Municipal, aún sin aprobación definitiva.
La proporción resulta escandalosa: mientras que el proyecto declarado ilegal por el Supremo ocupa 15 hectáreas, los terrenos de los propietarios que serían calificados como sistemas generales en la Revisión ocupan no menos de 130 hectáreas.
Si lo que los asociados pretendían era restablecer la legalidad, la sentencia del supremo les da la razón, y están en su derecho de instar la ejecución de lo fallado por el Tribunal Supremo. Y no habrá que objetar.
Sin embargo, la realidad es otra: los asociados parten del concepto del agravio comparativo para obtener los mismos resultados que la recalificación ahora anulada. Pretenden que sus terrenos, los más áridos y menos valiosos, sin duda, del conjunto de la denominada Montaña de Cáceres, tengan un aprovechamiento lucrativo, cuanto más mejor, sobre esos mismos terrenos, o mediante su inclusión como sistemas generales, que fue la solución que el anterior equipo de gobierno municipal adoptó.
Correspondería al actual equipo de gobierno sostener el principio de legalidad y acatar el fallo del supremo en su literalidad: retrotaer para los terrenos actualmente ocupados por las 550 viviendas del Residencial Universidad su clasificación como suelo no urbanizable de protección, la misma que los terrenos propiedad de los asociados que instaron la demanda.
Y corresponderá a estos asociados, como demandantes, instar el cumplimiento literal de la sentencia y reclamar el desalojo de las viviendas, la demolición de las mismas, la restitución de los terrenos al estado anterior a la urbanización. Pero deberán hacerlo, si son coherentes, con la cara descubierta, con nombres y apellidos, para que los ciudadanos, compradores de buena fe, afectados sepan quienes son los propietarios de suelo que les obligan a levantar sus casas, a deshacer sus ilusiones. Pero no tendrán lo que tienen que tener las personas que van por derecho en la vida: eso que puedes pensar al leer esto.
Vale.
P.S. ¿Cuántos propietarios de esos terrenos de los asociados cruzan sus amenazas y chantajes con intereses políticos directos?

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