lunes, 24 de mayo de 2010

El timo (político) de la estampita


El artículo 16.2 de la Constitución española dice: “Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.” La ideología, la religión o las creencias forman parte del yo privado, de lo que la propia carta magna determina como “la intimidad”. Cuando un individuo, voluntariamente, somete a lo público lo que es privado, está sometiéndolo a la crítica, en cualquier sentido, positiva o negativa.

La ideología a la que cada individuo pueda adscribirse, forma parte de su individualidad. Cuando la hace pública, forma parte de la acción política. Cuando el individuo que la hace pública participa activamente en la gestión de lo público, su ideología forma parte de su propia capacidad de producirse en la sociedad. Los jueces, los militares, en el ejercicio de su profesión, no pueden hacer profesión pública de su adscripción ideológica.

Lo mismo sucede con la religión, con cualquier religión, con todas las religiones. Por eso, cuando la religión forma parte de la vida pública, de la vida social, está sometida a las mismas reglas de crítica, positiva o negativa, que cualquier ideología que se aglutina en torno a los partidos políticos.

El pleno de mayo de 2010 del Ayuntamiento de Cáceres fue escenario de la España cañí. Un peligroso concejal (más peligroso que concejal) planteó una moción para que las autoridades municipales dejen de acompañar a la patrona de la ciudad cuando, cada año, es bajada en procesión de su santuario y subida en romería. Son unos actos, antiguos, rancios como ellos solos, pero que forman parte del paisaje de una ciudad antigua, rancia como ella sola.

En eso estaban los concejales debatiendo sobre si han de acompañar a la patrona o no cuando una concejala de la derecha exhibió un cartel electoral, perdón, una estampita de la patrona. En realidad, al tratarse de un acto político, reglado, sometido al derecho y enmarcado dentro del ordenamiento constitucional, lo que hizo la concejala Nevado no fue exhibir una estampita, sino que hizo de ésta un poster electoral. Mezcló su derecho individual a practicar una religión con su profesión ideológica en un acto político.

Ahora, la concejala que, al parecer, ejerce la abogacía en un sistema jurídico sometido a la constitución que determina la privacidad, la intimidad de las creencias ideológicas o religiosas, ya no podrá oponerse a que cuando en los medios de comunicación, y este blog, modestamente, lo es, se la adscriba al partido popular de la virgen, y a que cuando sea criticada por hacer comercio político con su religión, no pueda oponerse porque ha sido ella la que ha hecho profesión política de ello.

En el pleno de mayo de 2010, la concejala Nevado pegó el timo de la estampita sobre la constitución. A partir de ahora, será Sor Elena Nevado.

Vale.

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