domingo, 27 de abril de 2008

LA ENERGIA NI SE CREA NI SE DESTRUYE, SE TRANSFORMA

El aserto que encabeza este texto tiene, en Extremadura, referentes que le son de aplicación directa e incuestionable. Extremadura es la región española que más energía eléctrica produce, o, mejor dicho, en la que aprovechando elementos naturales, más energía eléctrica produce, siendo, al mismo tiempo, una de las que menos consume, tanto por población como por la todavía escasa industrialización.

En estos momentos en que en la Asamblea de Extremadura ha comenzado la andadura del nuevo Estatuto de Autonomía, y cuando ha de revisarse el modelo de financiación autonómica, la transformación de elementos naturales para la producción de energía eléctrica cobra especial importancia.

Del mismo modo que la comunidad (entendida como conjunto de ciudadanos) participa de las plusvalías generadas por la transformación urbanística del suelo, también ha de participar en las plusvalías que se generan con la producción de energía eléctrica.

En el más puro derecho administrativo, corresponde a quienes, en el reparto competencial del título VIII de la Constitución española ostentan el ejercicio del gobierno, regular los derechos y deberes de carácter económico y fiscal, sin perjuicio, obviamente, de los derechos y deberes igualmente regulados en la CE y que corresponden a otras instancias de la estructura del Estado.

La Comunidad Autónoma de Extremadura ha presentado recursos de inconstitucionalidad contra los Estatutos de Autonomía de Andalucía y Castilla y León, que se atribuyen la competencia sobre las cuencas de los ríos Guadalquivir y Duero, respectivamente. Estos recursos se presentan porque en opinión del gobierno autonómico extremeño, corresponden al Estado las competencias en materia de cuencas hidrográficas.

En realidad, corresponde al Estado la regulación y el mantenimiento de la integridad de las cuencas, pero no es menos cierto que las Comunidades Autónomas son, también, Estado.

Con esta realidad de los repartos competenciales, lo que está claro es que la transformación de elementos naturales en energía eléctrica plantea una doble interpretación de cómo han de establecerse los beneficios económicos que esa transformación engrosan las cuentas anuales de las empresas del sector.

La ejecución de las centrales hidroeléctricas existentes (entre ellas, Alcánta, Torrejón, etc.) fueron concesiones con una duración determinada, con unas condiciones determinadas, pero que adolecen de un elemento que no existía en el momento en que se produjeron: que las competencias estatales han variado, se han transformado.

En la práctica, actualmente la instalación de parques eólicos para la transformación del viento en energía, o las instalaciones fotovoltaicas, para el aprovechamiento solar, son competencia autonómica.

Se producen, por tanto, diversas cuestiones que tienen su raíz en el derecho constitucional y en el administrativo, pero que, al final, no resuelve cómo la comunidad puede participar de las plusvalías generadas.

Se ha planteado por el portavoz de la ejecutiva regional del PSOE, Francisco Fuentes, que, en este debate competencial, mezclado con el debate necesario para un nuevo modelo de financiación autonómica, las empresas que obtienen la energía eléctrica en Extremadura y la comercializan en todo el territorio estatal, o, incluso, la exportan, deberían tener su sede fiscal en la región.

Esta fórmula puede atentar contra la libertad de empresa, y propiciar un enfrentamiento entre autonomías, incluso entre comunidades autónomas con distinto régimen fiscal.

Por ello, se plantearía, como he señalado con anterioridad, una participación de la Comunidad Autónoma en las plusvalías generadas mediante dos posibles fórmulas, con alguna dificultad de encaje administrativo, pero que entran dentro de las cuestiones a incorporar, si resultaran adecuadas a los intereses regionales, en el nuevo Estatuto.

Una propuesta sería la consecución de un sistema tarifario que se aplicara a los ciudadanos extremeños y a las empresas radicadas en la Comunidad Autónoma para sus centros de trabajo o producción en su territorio. Ello beneficiaría directamente a todos y cada uno de los ciudadanos o a las empresas, con un componente de discriminación respecto a otras Comunidades que sería objetable desde el punto de vista de la igualdad. Esta objeción, de indudable calado, podría resolverse mediante su adecuada justificación en el concepto general de la discriminación positiva.

Otra propuesta, directamente relacionada con la materia del suelo, estaría en que la utilización de elementos naturales (agua, sol, viento) está en permanente estado de producción, generando, de modo continuo, energía eléctrica sin que de esa producción la Comunidad Autónoma obtenga más beneficios que los derivados de una fiscalidad que no es suficiente para una compensación adecuada.

En este sentido, habrá que establecer datos oficiales y fiables de la producción eléctrica en Extremadura y el consumo, tanto domiciliario como empresarial, y determinar, así, el diferencial de energía que se obtiene en la región y se comercializa en el exterior. Sobre este diferencial, la Comunidad Autónoma, en su nuevo Estatuto determinará el porcentaje de producción que la empresas, siguiendo el símil con las cesiones obligatorias con motivo de la innovación urbanística de los planes generales, deberán entregar a la Comunidad para su incorporación a la gestión de la misma como compensación al uso de elementos naturales en territorio de la Comunidad. El porcentaje citado, traducido a medida de energía eléctrica, nunca podrá ser superior a la energía consumida en la propia comunidad, tanto en domicilios como en empresas.

El porcentaje así obtenido será comercializado por la Comunidad Autónoma mediante la creación de una empresa pública, garantizando, por tanto a las actuales empresas la comercialización de su producción en la propia región y que la aportación se realizará sobre el excedente, no siendo, por tanto, necesario coartar la libertad de empresa y forzar su radicación en la propia comunidad.

1 comentario:

martinjaramillo dijo...

Muy pronto nos encontraremos en las noticias científicas que la energía se crea.

Que la relatividad de las energías potenciales invalida el principio de conservación de la energía.

Todo lo que es relativo es variable.

Las energías potenciales son variables y relativas.

Nada que sea relativo puede ser constante.

Ver artículo completo con experimento en:

“Nueva Teoría Sobre El Universo”.
http://www.natureduca.com/blog/?p=390