domingo, 27 de enero de 2013

Funcionarios y objeción de conciencia


Con motivo de la tramitación de la legislación en materia reguladora del aborto, los médicos de los servicios públicos sanitarios han invocado la objeción de conciencia para no aplicar la Ley. Son empleados públicos, que cobran dinero público y que, en el ámbito de su relación laboral con las Administraciones Públicas están sometidos al imperio de la ley, de las leyes que emanan del poder legislativo. Pero, siempre, esa objeción de conciencia, más ideológica que científica, ha terminado por imponerse y esos empleados públicos no han visto mermadas sus retribuciones por incumplir la Ley. Privilegios. Apoyados por toda la caterva reaccionaria, desde la iglesia hasta medios de comunicación al servicio de un modo de entender la realidad según el cual todo aquello que suponga progreso y derechos, ha de condenarse. Religiosamente.
En estas fechas en las que el gobierno del Partido Popular, al servicio de los intereses más espurios de lo que etéreamente se llaman los mercados, pero que en la práctica son los intereses de la patronal, es fácil llegar a una ventanilla de cualquier administración y, tras exponer quejas o situaciones injustas, derivadas de una salvaje demolición del estado del bienestar, algún funcionario termina diciendo aquello de “ya sé que es injusto, pero son las normas”. O “si yo le entiendo, pero son las normas que hay que aplicar”.
¿Por qué los funcionarios que reconocen que las medidas, especialmente en materia social -sanitaria, educativa, laboral- son injustas no ejercen el derecho a la objeción de conciencia? ¿No tienen, no pueden tener los funcionarios el mismo privilegio que los médicos que objetan a la legislación en materia de aborto?
Es seguro que en nuestro país, con un sistema funcionarial de doble medida, el vitalicio y el interino, nadie se ha planteado que los funcionarios puedan decir: esta norma es injusta y no me niego a aplicarla. ¿Por qué los funcionarios solamente se manifiestan por mantener sus privilegios, sus sueldos y no se manifiestan por las injusticias que las normas les impelen a aplicar?
El doble sistema funcionarial, el vitalicio y el interino están en el origen de que los empleados públicos que reconocen ante los ciudadanos la injusticia de las normas que han de aplicar, no se planteen la objeción de conciencia. El funcionario vitalicio porque goza del privilegio de serlo, y que para qué se va a complicar la vida, si lo que pasa del mostrador de atención al público hacia afuera a él ni le va ni le viene, tiene su nómina segura. El interino (ya sea funcionario interino, contratado o laboral) porque lo que pase del mostrador hacia adentro sí le puede afectar a su nómina, hasta perderla.
Cuando un funcionario que atiende a un ciudadano en grave riesgo de exclusión social le dice que comprende su reclamación, pero que la norma es la norma y que no puede tener derecho a aquello que puede solucionarle, como mucho, el dar de comer a su familia el próximo mes, no está teniendo un acto de empatía, sino de hipocresía. Si el funcionario reconoce la injusticia de denegar una petición en el límite del socorro, debería obrar en consecuencia. Pero, cuando el ciudadano indefenso se marcha, sin solucionar su problema, ese funcionario, si es vitalicio, recupera su asiento ante la mesa del ordenador, respira tranquilo y espera al siguiente, sabiendo que ha quedado como un señor consolando, que no resolviendo, a un pobre indefenso. Si no es un interino, o un contratado, regresa a su pantalla del ordenador, sabiendo que ha cumplido con su deber y sabiendo que si sigue así, nunca se verá en la situación de quien acaba de irse.
La demolición del estado del bienestar que un partido político, el Partido Popular, está llevando a cabo por encargo de la patronal, de la gran banca que es quien le sustenta, apoya y mantiene, debería llevar los funcionarios a plantearse el ejercicio de la objeción de conciencia, para no convertirse en hipócritas de ventanilla.
Plantear esta cuestión a los sindicatos no llevaría a ningún sitio, porque no va con ellos. Porque su función sindical en el ámbito de las adminsitraciones públicas se limita a mantener los privilegios de los funcionarios vitalicios y a utilizar a contratados e interinos para que los vitalicios puedan seguir teniendo su nómina fija y su conciencia tranquila.
Vale.  

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